La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió el miércoles una demanda en contra de la reserva absoluta emitida por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) sobre los viajes realizados por el expresidente de la República Mauricio Funes y la exprimera Dama, Vanda Pignato.
En la resolución, la Sala también admitió la demanda en contra del IAIP por la reserva de información de los servicios de las agencias de publicidad para el diseño, producción e implementación de campañas para el año 2010 y sus prórrogas. La agencia utilizada habría sido Polistepeque, empresa en la que un hijo de Funes y varios amigos eran accionistas mientras daban servicio a la Presidencia de la República.
El recurrente, licenciado Danilo Vega Cruz, expuso en su demanda que los gastos del presidente de la República, en este caso Mauricio Funes, debe ser pública. Además, los términos de la reserva de la información vulneran los derechos a la protección no jurisdiccional y al acceso a la información pública.
De acuerdo al artículo 10 de la Ley de Acceso a la Información Pública dicha información no es solo pública, sino que, de naturaleza oficiosa.
La admisión de la demanda por la Sala implica que la demanda de amparo cumple con los requisitos mínimos de admisibilidad y procedencia.
Para proteger la información la Sala ordenó como medida cautelar que la Presidencia de la República y el IAIP adopten medidas especiales de resguardo y copia de seguridad de los servicios de las agencias de publicidad para el diseño, producción e implementación de campañas, para el año 2010 y sus prórrogas.
Además, toda información con respecto a los viajes del expresidente y su esposa durante el período comprendido del 1-VI-2009 al 31-V-2014 y todos sus gastos, incluyendo alimentación, transporte, hospedaje y otros, debe ser resguardada, así como la relativa a visitas oficiales de funcionarios extranjeros sufragadas por Casa Presidencial.
De toda la información en original que la Sala ordena se proteja, deberán proveer una copia para que la misma Sala la resguarde.
La admisión de la demanda fue firmada por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortiz.