Piden a Fiscal General que se excuse de conocer denuncias sobre caso Rais -Martínez

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Los abogados del empresario Enrique Rais  y de Hugo Blanco, Silvia Dolores Escobar y Rafael Hernán Cortez Saravia, pidieron hoy al Fiscal General de la República, Douglas Meléndez, que se excuse  de conocer de las denuncias interpuestas contra un grupo de fiscales auxiliares y dos elementos de la División Elite Contra la Corrupción, DECCO, de la Policía Nacional Civil.

Los abogados, apoderados de Rais y su sobrino Hugo Blanco,  fundamentan su petición en el hecho de que, según ellos, Meléndez ha externado opinión sobre el proceso  y se ha referido a dichos profesionales con epítetos inadecuados.

Dichos profesionales presentaron esta semana ante el Juzgado de Paz de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad,  una denuncia penal contra varios fiscales así como contra dos elementos de la DECCO por los delitos de Privación de Libertad, Privación de Libertad, Atentados Relativos al Derecho de Defensa, Actos Arbitrarios, Allanamiento de Lugar de Trabajo, Divulgación de Material Reservado y Desobediencia,.

Los denunciados fueron los fiscales Julio César Larrama Barahona, Xenia Lizeth Linares Rodríguez, Luis Montes Pacheco, Mayra Raquel Guerra de Quintanilla, Froilán Coto Cabrera y Sigifredo Alcides Campos Ochoa y los miembros de la Deco Francisco Javier Anaya Cruz, Mario German Gómez De León.

El Fiscal General de la República reaccionó a la denuncia penal presentada como “una franca intimidación en contra del Fiscal General y un amedrentamiento” calificando de “abogados trinqueteros” denunciantes.

“… como el sistema ahora no puede ser comprado no puede ser manipulado vienen los ataques en contra de los funcionarios, vienen denuncia en contra de policías en contra de fiscales, en ese caso que es lo que ocurre, una franca intimidación en contra del Fiscal General, un amedrentamiento eso es lo que están pretendiendo hacer, amedrentarme o demandarme, esas son estrategias verdad puramente de abogados trinqueteros, amedrentar y querer intimidar al funcionario para que no haga su trabajo…”, dijo a los medios el Fiscal Meléndez. De acuerdo al escrito de denuncia penal presentado, todos los mencionados han intervenido en el juicio que se sigue contra el empresario Enrique Rais, el ex fiscal Luis Martínez y ocho personas más.

Fudamento jurídico de la demanda para que se excuse el Fiscal Douglas Meléndez:

El artículo 2 inciso 1° de la Constitución de la República establece: “Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos”. En dicho precepto constitucional se consagra lo que, en la jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se ha denominado “derecho a la protección en la conservación de los derechos fundamentales”, que implica “el establecimiento de acciones o mecanismos para evitar que los derechos constitucionales sean vulnerados, violados, limitados o, en última instancia, extraídos inconstitucionalmente de la esfera jurídica de cada persona” (Sentencia de Inconstitucionalidad, con Ref. 40-2009/41-2009, de fecha 12 de noviembre de 2010).

De esta manera del referido derecho fundamental, deriva el derecho fundamental de todo ciudadano salvadoreño a la protección jurisdiccional que “obliga al Estado salvadoreño a dar protección jurisdiccional integral a todos sus miembros, frente a actos arbitrarios e ilegales que afecten la esfera jurídica de los mismos, y a través del instrumento heterocompositivo -también creado constitucionalmente- diseñado con tal finalidad: el proceso jurisdiccional en todas sus instancias y en todos sus grados de conocimiento” (Sentencia de Amparo, con Ref. 627-2000, de fecha 7 de mayo de 2002). Conforme a la jurisprudencia constitucional, el primer requisito para que todo ciudadano goce de protección jurisdiccional es el acceso a la justicia.

En ese sentido, la Constitución de la República de El Salvador reconoce a todo ciudadano que es víctima de algún delito, el derecho fundamental de acceso a la justicia, lo cual únicamente se logra mediante la interposición de la respectiva denuncia y la investigación que debe promover la Fiscalía General de la República de los hechos denunciados. Así lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al establecer que el Estado “está en el deber jurídico de prevenir razonablemente, las violaciones de los derechos humanos, de investigar seriamente con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción a fin de identificar a los responsables, de imponerles las sanciones pertinentes y de asegurar a la víctima una adecuada reparación” (Sentencia dictada el 29 de julio de 1998, caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras); aspecto que igualmente ha confirmado la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en su jurisprudencia, estableciendo que es “obligación del Estado investigar, identificar a los responsables o autores mediatos e inmediatos, perseguir, enjuiciar y sancionar a quienes resultaren responsables de una afectación o menoscabo a los bienes jurídicos de las víctimas” (Sentencia de Inconstitucionalidad, Ref. 5-2001 Acum., de fecha 23 de diciembre de 2010). Esto sin importar la raza, religión, sexo, ideología política y mucho menos “cargos o empleos públicos”, por lo que en consecuencia cualquier fiscal o agente de policía que es denunciado por cometer un delito debe ser investigado.

Los peticionarios aseguran que la procedencia legal de su excusa, analógicamente se deriva de lo previsto en el artículo 66 numeral 10 del CPP, que establece: “Son causales de impedimento del juez o magistrado las siguientes: (…) 10) Si ha dado consejos o manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el procedimiento”, y de los artículos 79 del CPP, 41 y 42 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, que prevén que el Fiscal podrá excusarse por los mismos motivos establecidos respecto de los jueces o magistrados.

Finalmente, los peticionarios piden al Fiscal Meléndez que, para garantizar el principio de imparcialidad en la actuación fiscal y el derecho humano fundamental de acceso a la justicia, se excuse de conocer de las denuncias presentadas así como de las diligencias de investigación que en virtud de ellas se promuevan y que conozca de las mismas el Fiscal General Adjunto Licenciado Aquiles Roberto Parada Viscarra, tal como lo dispone el artículo 44 de la Ley Orgánica de la,FGR.