Corte Suprema de Justicia de El Salvador reprende a juez que vinculó ilegalmente a Enrique Rais con crimen organizado

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La Corte Suprema de Justicia, máximo tribunal de El Salvador reprendió acremente al juez segundo de instrucción de San Salvador por haber vinculado ilegalmente al empresario salvadoreño Enrique Rais, con actividades relacionadas con el crimen organizado y le recriminó severamente haber plagiado la resolución de otro tribunal, que igualmente estaba equivocado, causando grave atraso a la aplicación de justicia en el caso Rais Martínez, armado y manipulado por el ex fiscal general Douglas Meléndez.

La Corte, después de haber evaluado en apelación la resolución por medio de la cual el Juzgado Especializado de instrucción “C” de San Salvador, decidió incompetencia para conocer sobre la causa penal intentada contra Enrique Rais, Hugo Blanco Rais, Francisco Grimaldi y Ernesto Gutiérrez, por razones de la materia, decidió remitir nuevamente el expediente al Juzgado 2o de Instrucción, no sin antes reprender al titular de dicho tribunal ” por la forma incomprensible con la que resolvió sobre el caso utilizando para ello literalmente una resolución judicial de otro Tribunal, tal como lo denunciaron en su oportuniad los abogados de Rais.

Con la resolución de la Corte han quedado en evidencia la irregularidades e ilegalidades con las que el ex fiscal Meléndez obligaba a determinados jueces a resolver contra derecho en casos que según él le iban a franquear su reelección como jefe del ministerio público, cosa que no ocurrió.

Con la mencionada resolución de la Corte Suprema de Justicia se desvanecen los elementos fundamentales con los que el exfiscal Meléndez “armó” el caso Rais Martínez y los diferentes casos que se han derivado del mismo.

El caso penal seguido contra Rais, se encuentra fundado en las mismas escuchas cuestionadas sobre su legalidad y su autenticidad que han sido utilizadas en el caso conocido como “Rais-Martínez” y en un testigo anónimo con criterio de oportunidad, al que Fiscalía pretende generar un anticipo de prueba y que según la defensa de algunos imputados, no se ha permitido investigar a profundidad sobre la forma en que ha declarado, como su presencia o no en el país, al momento de presuntamente rendir sus declaraciones ante dos fiscales de la Unidad de Crimen Organizado de la FGR, mientras Wil Walter Ruiz Ponce, primo hermano del Ex Fiscal General Douglas Meléndez, era Jefe de esa unidad. Tampoco se ha informado por los fiscales del caso, ante que autoridad judicial se autorizó el criterio de oportunidad de ese supuesto testigo.

También es importante destacar, según los abogados defensores de Hugo Blanco Rais, que “la decisión ilegal que adoptó el Juzgado 2o de Instrucción, ha sido causa de violación a garantías para los procesados en este caso.” Según los profesionales del derecho, cuando ese Tribunal a fecha 31 de julio de 2019, se declara incompetente de manera infundada y remite el expediente a la jurisdicción especializada, se contaba con el plazo prorrogado de seis meses para que la defensa aportara toda la prueba de descargo correspondiente y pudiera desvirtuar los elementos de prueba con los que supuestamente contaba la representación fiscal; sin embargo el Juzgado Especializado de Instrucción “C” el día 09 de agosto de 2019, confirma que el caso no tiene relación con “actos de criminalidad organizada” y además confirma que el juzgado remitente (2o de instrucción) “utilizó los mismos fundamentos que el Tribunal Primero de Sentencia para declinar su competencia”, en pocas palabras que “plagió el fallo” y esto provocó que el caso tuviera que ir a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, quien resolvió el conflicto de competencia hasta finales de enero de 2020 y los abogados únicamente hemos conocido de la resolución hasta el día 14 de febrero de 2020, eso es dos días después que venció el plazo de instrucción a estas alturas ya improrrogable.

Según los defensores de Blanco Rais, irresponsablemente la Unidad de Prensa del Centro Judicial Isidro Menéndez comunica que ahora la Fiscalía General de la República cuenta con cinco días hábiles para presentar el dictamen de acusación y señalar fecha para audiencia preliminar; cuando en realidad estamos ante un situación sumamente compleja, porque el Sistema Judicial tuvo a nuestro cliente sin un “Juez Natural” que atendiera la causa durante el plazo de instrucción, ante el que poder hacer peticiones, solicitudes, ofertar y proponer la producción de prueba, interponer Excepciones o cualquier otro tipo de acciones para comprobar la inocencia del procesado.

“Acá hay un gran reto para el Fiscal General, afirmaron los abogados, en hacer prevalecer el Estado de Derecho, pues si no ha existido etapa de instrucción, por cauas no atribuibles a los procesados, sino por un grave error judicial del Juez 2o de Instrucción, no hay fundamentos para establecer un Dictamen de Acusación, ya que la prueba existente fue cuestionada desde la audiencia inicial, al ser señalada por el Juzgado 8o de Paz como insuficiente. No se trata solamente que la Fiscalía acuse, se trata del ente que debe velar también porque se tutelen los derechos y garantías de los procesados”- reiteraron. Finalmente, también dejaron entrever que en caso la Fiscalía actúe ilegalmente formulando dictamen de acusación, acudirán ante la Sala de lo Constitucional, ya que en este caso se han violado derechos fundamentales como la seguridad jurídica, el debido proceso y el derecho de defensa.