Último decreto del Ejecutivo mantendría las violaciones a derechos de los ciudadanos

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El Órgano Ejecutivo emitió el pasado domingo un nuevo decreto a pesar de la prohibición explícita de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que le ordeno dejar de intentar gobernar en base a decretos Ejecutivos.

El gobierno emitió el decreto 31 en el ramo del Ministerio de Salud, para iniciar la reactivación económica a partir del martes.

El Gobierno establece en su decreto cinco etapas de apertura para que las empresas de diferentes rubros puedan reiniciar sus operaciones de forma gradual, sin embargo, el presidente de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), Javier Simán, es de la opinión que las empresas son las que tienen que decidir si siguen lo estipulado por las autoridades o hacen lo que crean pertinente al considerar que su libertad económica esta siendo vulnerada.

“No acompañamos las medidas de fases. No podemos acompañar decretos ejecutivos que violan las resoluciones de la Sala (de lo Constitucional). No podemos acompañar decretos ejecutivos que limitan la libertad de movilidad y libertad económica de todos los salvadoreños. Eso (las medidas) tiene que ser con un decreto legislativo y entendemos que Asamblea presentó tres decretos legislativos y los tres fueron ignorados por el Órgano Ejecutivo”, apuntó Simán al salir de una reunión con diputados de la Comisión de Hacienda que estudian la creación de una ley de fideicomiso para apoyar a las empresas afectadas por la pandemia.

Por su parte, los abogados Javier Castro, Humberto Sáenz y el exmagistrado René Hernández Valiente y los abogados y dijeron a periodistas que el decreto ejecutivo 31 de reactivación gradual de la economía es inconstitucional porque restringe derechos constitucionales sin el aval de la Asamblea Legislativa, pues indica que las entidades públicas, sectores empresariales privados, empleados y particulares “deberán respetar la gradualidad en la reactivación de las actividades económicas laborales y sociales”.

Además la normativa añade que, mientras no haya llegado la fecha que le corresponde, “deben evitar exposición a contagios de COVID-19, manteniéndose en sus respectivos lugares de residencias  o domicilio”.

Los abogados explicaron que esto vulnera el derecho a la libertad económica, pues limita la actividad comercial de todos los sectores al mismo tiempo.

Además, el artículo mantiene suspendida la circulación del transporte colectivo.

De acuerdo a Castro, el decreto 31  “vulnera el derecho a la seguridad jurídica”, porque el Ejecutivo lo emitió a pesar que “no tiene facultades para restringir derechos”.

La Sala de lo Constitucional puede emitir una resolución de seguimiento en contra del decreto ejecutivo 31 sin necesidad de que un ciudadano presente una nueva demanda de inconstitucionalidad, debido a que ya había advertido que dichos derechos constitucionales no pueden ser suspendidos con decretos ejecutivos, sino por una ley aprobada por la Asamblea.