El Tribunal Constitucional de Cataluña anuló en definitiva este miércoles la Declaración Unilateral acordada por el Parlament el pasado 27 de octubre, luego de aceptar el incidente de ejecución contra la misma presentado por el Gobierno, en virtud del cua ya había supendido cautelarmente.
El pleno del Tribunal decidió además, denunciar por desobediencia a sus sentencias a la ex presidenta del Parlament, Carmen Forcadel, y a los miembros de la Mesa Ana Simó y José María Espejo, tal y como pedía el incidente presentado por el Ejecutivo central, a quienes advierte de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la nulidad acordada y les apercibe de las responsabilidades penales en las que pudieran incurrir.
Los magistrados resolvieron sobre el fondo de ambos recursos, que habían sido admitidos a trámite hace unos días, por lo que su vigencia ya se encontraba en suspenso. En sus resoluciones inciden en que la actuación del Parlamento constituye un “grave atentado” contra el Estado de derecho y conculcan “con pareja intensidad, el principio democrático”.
En la primera de las resoluciones dadas a conocer este miércoles se anulan por inconstitucionales las declaraciones denominadas “Declaración de los representantes de Cataluña” y “Proceso constituyente”, estimando de este modo el recurso por vía del denominado incidente de ejecución de sentencia planteado por la Abogacía del Estado.
El órgano de garantías insiste en que, con esta forma de proceder, la Cámara autonómica “desatiende los reiterados pronunciamientos y advertencias de este Tribunal y pretende de nuevo ‘cancelar de hecho, en el territorio de Cataluña y para todo el pueblo catalán, la vigencia de la Constitución, del Estado de Autonomía y de cualesquiera reglas de derecho que no se avinieran al dictado de su nuda voluntad”. La actuación del Parlamento constituye un “grave atentado” contra el Estado de Derecho y conculca “con pareja intensidad, el principio democrático”, dice la sentencia del Tribunal Constitucional.
La sentencia analiza también el procedimiento legislativo seguido en el Parlamento de Cataluña para aprobar la ley impugnada. Reitera también en este punto los argumentos contenidos en la sentencia sobre la Ley de Referéndum para afirmar que la mayoría arbitró para el caso “un ‘procedimiento’ inédito que concibió e impuso a su conveniencia”. Este modo de actuar no solo supuso la restricción de los derechos de la minoría, sino “la supeditación y consiguiente degradación de todo el derecho al imperio, fuera de norma alguna, de la mayoría”.