La Corte de Cuentas de la República CCR, deberá entregar a la Sala de lo Constitucional de la C orte Suprema de Justicia CSJ, una auditoria completa en la que se refleje la compra de boletos aéreos destinados a misiones oficiales realizadas por el expresidente Funes Cartagena y su entonces esposa Vanda Pignato, entre 2009 y 2014.
En su sentencia, declarando tener por no cumplido, por parte de la Presidencia de la República, el fallo que ordenaba restituir la publicación de los viajes internacionales en misión oficial realizados por el expresidente Funes y su entonces esposa, Vanda Guiomar Pignato, la Sala detalla por lo menos 92 viajes realizados durante el periodo presidencial 2009-2014.
Según la Sala el gobierno ha incumplido la orden judicial de revelar los viajes realizados por el expresidente Mauricio Funes y la secretaria de Inclusión Social Vanda Pignato, entre 2009 y 2014, de acuerdo a una resolución de seguimiento de la Sala de lo Constitucional.
Los magistrados del máximo tribunal de justicia determinaron que la información entregada por Casa Presidencial es incompleta y fijaron un plazo de 5 días días para que la Corte de Cuentas de la República (CCR) envíe las auditorias correspondientes o de 30 si por alguna razón estas no han sido concluidas.
“Requiérese a la Corte de Cuentas de la República que, en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del presente auto, remita los resultados de las auditorias realizadas o, en caso de no haberlas realizado, las lleve a cabo e informe al tribunal en un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la notificación de este auto, respecto al origen y monto de los recursos estatales destinados por la Presidencia de la República a la realización de las siguientes actividades y erogaciones” dice la resolución de la Sala dada a conocer este martes.
El informe deberá ser contener en detalle el v alor que se pagó por la compra de boletos aéreos destinados a misiones oficiales realizadas por el expresidente Funes y su entonces esposa Vanda Pignato durante el periodo presidencial 2009-2014, dentro de los cuales deberán incluirse todos los viajes que se encuentran catalogados por la Dirección General de Migración y Extranjería como “oficiales” con independencia de que su realización se encuentre respaldada o no mediante un acuerdo ejecutivo de encargo de despacho.
El Informe deberá incluir lo pagado por la compra de boletos aéreos para las personas que integraron las comitivas de acompañamiento a los funcionarios antes relacionados en misiones oficiales durante el 16 aludido periodo presidencial y el otorgamiento de viáticos, gastos de viaje y gastos efectuados terminales por el expresidente Funes Cartagena y su entonces esposa Vanda Pignato, para la realización de misiones oficiales durante el periodo en que ejercieron sus cargos o, en su defecto, cualquier cantidad de dinero que se les haya otorgado por dicho motivo.
La Sala de lo Constitucional concluyó que la Presidencia incumplió su sentencia de septiembre de 2016 en cinco sentidos al obstaculizar el acceso a la información a colocar la información de forma dispersa en sus portales; la “ausencia total de información pública sobre el costo de los boletos aéreos, viáticos y demás gastos de viaje” por parte de ambos exfuncionarios.
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