La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ordenó la comparecencia de la presidenta de la Asamblea Legislativa, Lorena Peña para rendir cuentas de las medidas que ha tomado el Órgano Legislativo para reducir el hacinamiento en las cárceles en el país.
Además de la orden de comparecencia girada a Peña, han sido convocados a rendir cuentas el Ministro de Seguridad, Mauricio Ramírez Landaverde; el Director de la Policía Nacional Civil (PNC), Howard Cotto, así como el titular de la Dirección de Centros Penales, Rodil Hernández; el Fiscal General de la República, Douglas Meléndez; la Ministra de Salud, Violeta Menjívar, y los jueces de Vigilancia Penitenciaria.
Peña advirtió a la Sala una nota dirigida a los magistrados que no acudirá, justificando su negativa a que ha sido citada en su calidad personal y no como presidenta del Órgano Legislativo.
Además, la efemelenista alegó que las resoluciones de la Sala de lo Constitucional afectan las finanzas del Estado, “lo cual lejos de contribuir al cumplimiento de situaciones como las referidas en la sentencia… impiden la implementación de políticas públicas en materia penitenciaria… (y) los necesarios recursos económicos han sido bloqueados por ese tribunal”.
Luego de evacuar los impedimentos de la diputada para no comparecer en la diligencia, la Sala ordenó que se presente el lunes, a las 8:30 de la mañana.
Las condiciones en la que están los más de 33 mil presos en el sistema penitenciario vulnera los derechos a la integridad física y a la salud de los privados de libertad.
Debido a eso, la Sala ordenó en una sentencia a las diferentes instituciones de Gobierno ejecutar acciones específicas para mejorar las condiciones en las que se encuentran los reclusos.
A pesar que la Sala no estableció plazo alguno para que se realizaran las mejoras en las cárceles del país, los magistrados que firmaron la sentencia advirtieron que realizarían audiencias para dar seguimiento al cumplimiento de la sentencia.
Las sentencias de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia son de riguroso cumplimiento y no son apelables.
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