La Corte Internacional abordará los dos casos que enfrentan a Colombia y Nicaragua

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La Corte Internacional de Justicia (CIJ) se declaró competente para juzgar la demanda que Nicaragua interpuso contra Colombia por una supuesta violación del país de las zonas marítimas nicaragüenses, las cuales fueron delimitadas por el propio tribunal en una sentencia el 19 de noviembre de 2012.

La CIJ también juzgará la segunda demanda nicaragüense contra Colombia, en la que este país pidió al tribunal que le reconozca los derechos sobre una plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas desde su costa.

Tras los fallos emitidos este jueves, el presidente Juan Manuel Santos anunció que Colombia “no seguirá compareciendo” ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para tratar el litigio marítimo con Nicaragua porque considera que ese tribunal incurrió en “contradicciones” en sus decisiones.

El alto tribunal de la ONU con sede en La Haya tomó la primera decisión por 14 votos contra 2 y decidió rechazar las cinco excepciones preliminares que Colombia había planteado para que la corte se declarase no competente en el caso.

El presidente de la CIJ, Ronny Abraham, leyó la sentencia y dijo que 3 de las excepciones preliminares fueron rechazadas por 15 votos contra uno y las otras dos de forma unánime.

La decisión se refiere a la demanda del 26 de noviembre de 2013 de Managua contra Colombia, en la que pidió a la CIJ declarar que Bogotá viola su obligación de no usar o no amenazar con el uso de la fuerza, y de no violar las zonas marítimas nicaragüenses delimitadas por la Corte el 19 de noviembre de 2012, así como sus derechos soberanos y su jurisdicción sobre estas zonas.

En noviembre de 2012 el alto tribunal de la ONU había remodelado la frontera marítima entre ambos países.

En concreto, definió la frontera marítima única entre la plataforma continental y las zonas económicas exclusivas de Nicaragua y de Colombia dentro del límite de las 200 millas náuticas a partir de las líneas de base desde las cuales se mide la anchura del mar territorial de Nicaragua.

Los jueces dejaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, y a Nicaragua le otorgaron una franja marina en esa zona, que Colombia calcula en unos 75.000 kilómetros cuadrados y, el país centroamericano, en más de 90.000.
Colombia defendió en sus objeciones que la CIJ no era competente en este caso, porque el país denunció el Pacto de Bogotá por el que aceptaba la jurisdicción de la CIJ el 27 de noviembre de 2012.

El artículo 56 dice que el pacto puede ser denunciado mediante aviso anticipado de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos, pero Colombia sostiene que la renuncia tuvo “efecto inmediato” ante la iniciación de nuevos procedimientos en su contra.

Segunda demanda

Además, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) se declaró competente para juzgar también la segunda demanda que Nicaragua interpuso contra Colombia, en la que Managua pidió al tribunal que le conceda una plataforma más allá de las 200 millas náuticas desde su costa en el mar Caribe.

El juez presidente de la CIJ, Ronny Abraham, leyó la sentencia, la segunda en un mismo día a favor de Nicaragua y que se refiere a la demanda que presentó Managua el 16 de septiembre de 2013 contra Colombia por considerar demostrado que el margen continental nicaragüense se extiende más allá de las 200 millas náuticas.

Pidió a la CIJ, además, que indicara los derechos y deberes de los dos Estados en relación con el área de pretensiones superpuestas y el uso de sus recursos hasta que se delimite con precisión la línea de demarcación.

No obstante, según Bogotá, la plataforma continental de las islas del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que se extiende hacia el este en 200 millas náuticas, “se une incuestionablemente con la plataforma continental que tiene la costa caribe colombiana”, la cual se expande hacia el noroeste y hacia el conjunto de islas en al menos 200 millas.

Nicaragua insiste en que la sentencia de la CIJ de noviembre de 2012 en la que el alto tribunal de la ONU remodeló la frontera marítima entre ambos países “no especifica nada” sobre la plataforma continental.

Por el contrario, el Gobierno de Bogotá defendía que el caso estaba cerrado desde entonces y que la CIJ no tenía competencia para abordar la demanda nicaragüense.

En 2012 la CIJ definió la frontera marítima única entre la plataforma continental y las zonas económicas exclusivas de Nicaragua y de Colombia dentro del límite de las 200 millas náuticas, a partir de las líneas de base desde las cuales se mide la anchura del mar territorial de Nicaragua.

Los jueces dejaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, y a Nicaragua le otorgaron una franja marina en esa zona, que Colombia calcula en unos 75.000 kilómetros cuadrados y, el país centroamericano, en más de 90.000.

El fallo de la CIJ fue considerado “inaplicable” por el Gobierno de Bogotá, si no se firma antes un tratado que garantice los derechos de los colombianos en la zona.