Editorial: presidente Bukele mejor negocie con las pandillas y no con los diputados

0
1709

Por Eduardo Vázquez Bécker.- Abril 12 del 2020 (año de la pandemia del coronavirus).- Consejo no pedido no siempre es bien recibido. Este será sin lugar a dudas, el más cuestionado consejo político no solicitado, que pueda haber dado a presidente alguno. Me atrevo a externarlo oficiosamente,sin que se diga por ello que estoy a las órdenes del presidente Bukele porque no lo estoy. Lo hago porque nuestro país está a punto de que se lo lleve “candanga”.

Señor Presidente:es mejor negociar con las pandillas que con diputados a quienes parece no importarles la vida de los salvadoreños vulnerables de este país. Que conste que soy sabedor de que consejo no pedido no siempres es bien recibido.

Está claro que la única forma de contener el despiadado ataque del coronavirus es haciendo, y que conste que no digo pidiendo, convenciendo, ni mucho menos insistiendo, continúo…: que las personas permanezcan en sus casas a toda costa y por el tiempo que sea necesario. Cómo lograr que, en el país de la cachería, la población permanezca en sus casas o como se llame a los lugares donde habitan, por más de cuarenta días, sin poder salir a conseguir el sustento de la familia. Parece imposible y así lo quieren demostrar los diputados ahora convencidos de que las resoluciones de Sala se deben cumplir a ciegas; sin embargo para todo hay salida.

El desafortunado discurso coloquial del presidente Bukele, advirtiendo que la desobediencia a cumplir la cuarentena podría traer aparejado un doblón de muñecas y un arresto policial puso los pelos de punta a los defensores de las garantías constitucionales y de los derechos humanos aunque en realidad esto no les haya con anterioridad.

La ceguera de los diputados no les permite ver que la población ya tomó su decisión para los próximos comicios y que nada de lo que ellos o el mismo Bukele hagan va a hacer que las cosas cambien.

No entender que las garantías y los derechos constitucionales han sido dispuestos para preservar al ciudadano contra los abusos del gobernante en tiempo de normalidad, es alarmante. No darse cuenta que una pandemia que amenaza con devastar al mundo del que somos parte, es una situación extraordinariamente fuera de lo normal, más que alarmante: es una soberana estupidez.

Establecer una cuarentena para que la cumpla solo al que le de la gana no tiene nombre. Las cosas hay que llamarlas tal cual son.

Señor presidente Bukele, esta pandemia no solo va a acabar con millones de seres humanos sino también con muchos gobernantes. No le deseo esa suerte pero ese es el destino de quien prefiere ser gobernante más gobernado. López Obrador en México va a lamentar muy caro el no haber tomado medidas extremas a su debido tiempo; el presidente Ortega de Nicaragua no tiene ni idea de lo que le espera.

Ya montado en el macho, dice el refrán;lo que significa que no hay paso atrás, el resto lo va a decir la historia. De ahí mi consejo.

Si los diputados se niegan a acompañarlo en esta tarea histórica de salvar vidas salvadoreñas y dejan abierta la opción de que la población cumpla la cuarentena solo si le da la gana, recurra a la imaginación y piense en otra alternativas.

Un ejemplo claro es reconocer que las pandillas han demostrado tener control territorial a su antojo y que si ellos se lo proponen, la gente se queda en casa porque se queda. El gobierno podría, con la policía y el ejército,organizar una red nacional de abasto alimentario para personas sin recursos, que se dedican a la cachería o que ya gastaron las 300 bolas del subsidio. A cambio el presidente tiene facultades de conceder ventajas legales a procesos de reinserción social que podrían incluir conmutación de penas.

84 diputados tendrán este domingo la difícil decidir si respaldan las medidas propuestas por el gobierno

cause honorarios de ninguna índole, lcosto alguno pues en la actualidad

Luego de la aplicación del nuevo Decreto de Cuarentena obligatoria que regirá en todo el país a partir a partir del lunes 13 de abril, se ven venir oleadas de protestas y alegatos de inconstitucionalidad surge la posibilidad de decretar un estado de sitio o diversos toques de queda. Esto porque muchos salvadoreños tratan de seguir haciendo su vida normalmente sin pensar en los derechos jurídicos y morales de los demás. Ya que no lo hacen los abogados, la Asamblea está en la obligación de explicar a la ciudadanía los alcances de las medidas que se deriven de la declaratoria de cualquiera de estas dos situaciones para evitar confusiones que lleven a desacatar las medidas que se acuerden.

El artículo 29 de la Constitución establece cuáles las circunstancias excepcionales que deben existir para que la Asamblea Legislativa, a solicitud de quien tenga iniciativa de ley, pida que se declare la suspensión de las garantías constitucionales el estado de sitio en caso de conmoción interior, que ponga en peligro a la Carta Magna o el mantenimiento de las autoridades creadas por ella, o en caso de un ataque exterior. La autoridad a la que corresponde declararlo es suspendan las garantías individuales, en primer lugar, al Senado, mientras que el presidente sólo puede hacerlo cuando aquél está en receso.

El estado de sitio implica la suspensión de las garantías constitucionales, autoriza a la posibilidad de arrestar a una persona y existe también, de ordinario, la práctica de suspender otras garantías como el derecho de reunión, la libertad de circulación a determinadas horas y puede haber limitaciones a la libertad de expresión.

Durante esa suspensión, no podrá el presidente de la República condenar ni aplicar penas ya que, su poder respecto de las personas, se limitará a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino.

Las razones políticas que impulsan a declarar el estado de sitio, no pueden ser controladas judicialmente. Esa declaración es siempre constitucional. Sin embargo, los jueces están habilitados para verificar, en cada caso concreto, si las limitaciones impuestas a las libertades constitucionales son razonables. Si carecen de razonabilidad, o si importan una negación absoluta de la libertad, los jueces pueden declarar la invalidez, no del estado de sitio, sino de los actos que en su consecuencia emita el Poder Ejecutivo.

El artículo 23 de la Constitución, que es el que faculta la disposición del estado de sitio, dice, textualmente, lo siguiente: “En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ellas, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas. Su poder se limitará en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nación, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino.”

Toque de queda

En su diferencia, el toque de queda es la prohibición o restricción, establecida por instituciones gubernamentales, de circular libremente por las calles de una ciudad y/o permanecer en lugares públicos, permaneciendo los habitantes únicamente en sus hogares (salvo excepciones de necesidad o urgencia). Puede abarcar horarios nocturnos, así como el resto del día, dependiendo de las circunstancias. Es, por tanto, una limitación o restricción legal de la libertad de circulación, considerada internacionalmente un derecho humano y por muchas legislaciones como un derecho constitucional.

Comúnmente se aplica en situaciones de guerra, pandemia o conmoción interna que afectan a un país o ciudad, y su cumplimiento suele ser supervisado por instituciones policiales y fuerzas armadas. El propósito de esta medida es garantizar la seguridad, atenuar disturbios o minimizar enfrentamientos.  También pueden aplicarse toque de queda particulares, de parte del propietario de un hogar o establecimiento a quienes residen en el lugar.

En el ámbito cinematográfico existe una película titulada precisamente Estado de sitio. En el año 1998 fue cuando se estrenó dicha producción norteamericana que está dirigida por Edward Zwick y que está protagonizada por actores de la talla de Denzel Washington, Annette Bening, Tony Shalboub y Bruce Willis.

En concreto, en ella se cuenta como la ciudad de Nueva York se convierte en el foco de una serie de atentados terroristas islamistas después de que el gobierno norteamericano haya llevado a cabo lo que es el secuestro de uno de los líderes religiosos musulmanes.


Hoy sí nos llevó “candanga”