Los abogados del empresario Enrique Rais aseguran que el juez octavo de instrucción, Mario Luis Mira Montes, está actuando de manera “parcializada” en el caso que se sigue en contra de su defendido, razón por la que han solicitado que este sea retirado del mismo mediante el recurso de la recusación.
Según los defensores de Rais, el juez Mira Montes persiste de manera sistemática, en declarar “no ha lugar” a cuanta solicitud se le formula en el marco de la defensa técnica que ejercen, razón por la que consideran que se le está negando a su cliente el derecho a una justicia imparcial, razón por la cual este debe ser recusado.
La recusación es en derecho el acto procesal que tiene por objeto impugnar legítimamente la actuación de un juez en un proceso, cuando una parte considera que no es apto porque su imparcialidad está en duda.
En su libelo, los abogados David Campos Ventura, Ricardo Alberto Miranda y Rafael Hernán Cortez, aseguran que mientras el juez Mira siga conociendo del caso “no hay garantía de imparcialidad en el proceso” y que su cliente se encuentra en indefensión. Los profesionales mencionados han denunciado repetidamente al juez Mira Montes por prevaricato pero sus denuncias no han prosperado.
Profesionales del derecho consultados en el “Centro Judicial Isidro Meléndez” fueron de la opinión que “un juez no debe esperar a que lo recusen en un caso, máxime si este es relevante o causa expectación social, porque eso le causa daño moral al funcionario y afecta al sistema judicial”
Compartimos totalmente esas opiniones porque de alguna manera reflejan que algo anda mal en la administración de justicia. Un juez que espera a que lo recusen, cuando bien pudo hacer uso del mecanismo de la inhibición que le franquea la la misma ley, pone en riesgo su prestigio profesional. Sabiendo que el juez Mira goza de admiración y respeto, no solo dentro de su familia, sino dentro de su gremio y diversos sectores de la sociedad, nos atreveríamos a pensar que este no debe permitir que su ética y su moral sean discutidas en público.
Al apartarse Mira de este proceso, si es que hay razón para hacerlo, engrandecería su ética profesional y jurisdiccional y, lo más importante, demostraría que más que un juez bueno se debe ser un buen juez. Le queda otra alternativa al juez Mira: que resuelva conforme derecho las audiencias que están pendientes y se convierta en garante del debido proceso en El Salvador.
Con la sola vista del requerimiento del caso al que nos estamos refiriendo, el juez Mira podrá apreciar que hay personas que sufren detención injusta, otras que están siendo amenazadas y otras más que han tenido que sustraerse a su derecho a circular libremente abandonando sus hogares y sus negocios.
En otro editorial señalamos que hay juicios relevantes, uno de ellos contra Enrique Rais, donde se percibe que “hay gato en cerrado”. La frase, de manera sencilla, se refiere a que, tanto en la elaboración del requerimiento como en la forma en que se han resuelto algunos procedimientos, hay cosas que no están claras, que dejan muchas dudas. Si ponemos atención podremos ver que en dicho caso hay intereses ocultos de gran envergadura, económica, social y política.
Por lo que hemos podido observar, existen intereses vinculados al crimen internacional que buscan apoderarse de una de las empresas del señor Rais y que están utilizando al sistema judicial como agencia de cobros tal como ocurría en algunos tribunales antes de la firma de los acuerdos de paz. Los periódicos del país están llenos de esa información.
A esto sumemos las denuncias sobre hechos concretos que han formulado los integrantes de la defensa técnica de Rais ante la Fiscalía General de la República y que al parecer no han sido diligenciadas adecuadamente. Casos como, por ejemplo, el de las intervenciones telefónicas fuera de los plazos establecidos por la ley o los procedimientos seguidos para lograr la captura de los imputados que han sido denunciados como detención ilegal. Imaginamos que esas dudas y esas cuestiones son las que han llevado a los defensores del señor Rais a recusar al juez Mira Montes.
En circunstancias como la mencionada los buenos jueces suelen resolver otorgando a los imputados el principio de “indubio pro reo” reputado en el derecho procesal como una buena forma de hacer justicia.
El ‘In dubio pro reo’ es una locución latina que expresa el principio jurídico de que en caso de duda, por ejemplo, por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado.
A raíz de nuestros editoriales sobre este tema, hemos sido abordados por mucha gente, “débiles y poderosos”, que no han vacilado en lanzar denuestos contra el juez Mira y contra los defensores del señor Rais. Ni lo que dicen unos, ni lo que dicen otros, cambiará nuestra forma objetiva de ver las cosas. Nosotros no atacamos al Fiscal, no atacamos a los jueces ni somos defensores de nadie en particular. Simplemente creemos en el debido proceso y en la defensa de los derechos humanos como un medio de vivir en un régimen de justicia y democracia.
Eduardo Vázquez Bécker