Magistrado Olivo recuerda que en la Constitución hay una “prohibición inalterable” de la reelección

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El magistrado del Tribunal Supremo Electoral, Julio Olivo, aseguró en su voto de abstención para la inscripción de Nayib Bukele como candidato a la reelección, que la Constitución de la República vigente “señala con claridad los requisitos” de los candidatos a la presidencia de la República y que estos “no han sido reformados”.

“Me abstengo de votar porque este caso ni siquiera debería haberse sometido a consideración del Organismo Colegiado del TSE, ya que los requisitos para la inscripción de candidaturas, tanto a la Presidencia como a la Vicepresidencia, se encuentran perfectamente delimitados en el texto de la Constitución de la República de 1983 (vigente)”, reza la explicación de Olivo.

En su escrito, Olivo explicó que en la Constitución hay una “prohibición inalterable” de la reelección.

“Todos sin excepción estaremos sometidos, tarde o temprano, al infalible juzgamiento de la historia… Un juez que se precie de tal no debe sucumbir ante los clamores o presiones provenientes de poderes fácticos”, añadió el funcionario en su voto de abstención, refiriéndose a las presiones provenientes de la Casa Presidencial.

Olivo recordó que una reforma constitucional requiere dos votaciones de dos distintas legislaturas y que el nombramiento de la actual Sala de está “atado” a una destitución declarada inconstitucional por los magistrados depuestos.

El magistrado por el FMLN es el único que se abstuvo de votar por la inscripción de Nayib Bukele como candidato a la presidencia.

Olivo hizo referencia a la interpretación de la Sala de lo Constitucional de septiembre de 2021, donde expuso que el “periodo inmediato anterior”, no era el anterior a la gobernación en turno, si no a la anterior, pese a que esta ya no tenía ninguna facultad o control sobre el Estado.

El magistrado disidente recordó que la Sala actual fue declarada ilegal por la Sala que quitaron sin proceso de ley: “No puedo profundizar en el problema de la legitimidad de la autoridad con la que se encuentra investida la sala de lo constitucional actual, responsable de emitir la resolución agendada por el colegiado la cual se encuentra indisolublemente atada a la decisión de destitución de la anterior sala de la constitucional”, dijo Olivo a periodistas.