Presidente de la CSJ dice que suspensión de plazos se mantienen durante cuarentena

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El presidente de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Armando Pineda Navas, dijo este jueves que la suspensión de los plazos judiciales y administrativos, es necesaria al estar en vigencia un decreto de emergencia o cuarentena.

Las declaraciones del presidente del Órgano Judicial fueron comunicadas a su homólogo de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, luego que el Juez interino, “Toni” Duran, manifestara en su cuenta de Facebook en la cual contradice los últimos pronunciamientos de la Sala de lo Constitucional, así como la disposición transitoria de suspensión de plazos administrativos judiciales y procesales

Según el presidente del Órgano Judicial, la suspensión de los plazos es necesaria, por estar dentro de la vigencia de la ley de emergencia, “lo cual por criterios técnicos no permitiría, de manera regular, a los usuarios y a los servidores judiciales desarrollar sus actividades con normalidad”.

Pineda Navas explica en su misiva al presidente del Órgano Legislativo, que la suspensión de los plazos es necesaria, por estar dentro de la vigencia de la ley de emergencia, “lo cual por criterios técnicos no permitiría, de manera regular, a los usuarios y a los servidores judiciales desarrollar sus actividades con normalidad”.

Previamente el juez Durán emitió una opinión que generó preocupación y confusión, principalmente en abogados litigantes, quienes ante las dificultades de movilización consideraron peligroso que el razonamiento de Durán fuera el mismo de todo el sistema judicial. “Jurídicamente, están corriendo desde el lunes 25 (de mayo).

La postura oficial de la Corte Suprema de Justicia es que los plazos judiciales, procesales y administrativos deben mantenerse durante el tiempo que dure la cuarentena.

Pineda Navas manifiesta asimismo que su opinión es de carácter personal debido a que la solicitud de Ponce llegó a la Corte cuando ya había concluído su sesión semanal.

“Me pronuncio en carácter personal, que la suspensión de los plazos judiciales y administrativos, es necesaria al estar dentro de la vigencia de un decreto de emergencia o cuarentena, que en virtud de criterios técnicos no permitiera, de manera regular, a los usuarios y a los servidores judiciales desarrollar sus actividades con normalidad”, expresa Pineda Navas.

Finalmente el presidente de la Corte Suprema responde a Ponce que sí es necesario mantener la vigencia de la suspensión.

“Por lo anterior, tendrá que ser dentro de un decreto de emergencia que emitiera esa Asamblea, en el que se incorpore la Suspensión de los plazos judiciales y administrativos, por el tiempo de vigencia del referido cuerpo de ley, de conformidad a los parámetros dictados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, finaliza la nota de Pineda Navas.