Cámara anula medidas sustitutivas y ordena recaptura de Rais y Luis Martínez

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La Cámara Primera de lo Penal resolvió el jueves “suspender” las medidas sustitutivas a la detención otorgadas por la Jueza Séptima de Paz al empresario Enrique Rais, al ex fiscal Luis Martínez y a seis personas más y libró oficio al tribunal que otorgó dicho beneficios constitucionales para que ordene de nuevo la captura de estos.

En su dictamen, otorgando medidas sustitutivas a Rais, a Martínez y a las otras personas, la jueza tuvo por probados los arraigos demostrados en el juicio y declaró que había suficientes indicios demostrando que no había “peligro de fuga” por parte de los enjuiciados. Además impuso una fianza de $20.000.

Una declaración escueta dada a conocer por el encargado de comunicaciones del Centro Judicial Isidro Menéndez, no detalla las razones en que la Cámara fundamenta su decisión de  dejar sin efecto las medidas decretadas por la Jueza Séptima de Paz.

Es doctrina que un auto revocatorio de esta naturaleza deberá hacerse presentando los elementos materiales probatorios o la información fidedigna, legalmente obtenida, que permita inferir que han desaparecido las causas por las que la jueza otorgó las medidas.

Para ello es necesario que el reo favorecido sea condenado por un nuevo delito, sancionado con pena privativa de libertad. También es susceptible de ser revocada la medida sustitutiva cuando el liberado incumpla reiteradamente las reglas de conducta impuestas por el tribunal que impuso las medidas, lo que no sería el caso.

Abogados constitucionalistas consultados al respecto dijeron que los imputados que gozan de medidas  que les son suspendidas arbitrariamente pueden acudir en amparo para ante la Sala de lo Constitucional donde se debatiría si hay razón o no para quitar un derecho constitucional concedido, sin motivos legales para ello.

Según los profesionales, otro motivo que podría hacer viable un recurso de amparo para ante la Sala de lo Constitucional es el tiempo transcurrido desde el momento en que fueron otorgadas las medidas sustitutivas a la fecha en el que los favorecidos han cumplido metódicamente con las obligaciones impuestas por el tribunal.

También es posible que la jueza que fundamentadamente otorgó las medidas, aplique las reglas del control difuso que le permite realizar la verificación de cualquier constituciónalidad alegada en el auto de la Cámara que ordenó dejar sin efecto las medidas sustitutivas.