Jueza que sobreseyó en delito de lavado a esposos Calderón es cuestionada

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Fuentes cercanas a la Fiscalía General de la República dijeron que el Ministerio Público estaría investigando la conducta de la Jueza 9ª de Instrucción, Nora Montoya Martínez, debido al cuestionamiento de la abogada realizado por el Tribunal de Etica Gubernamental TEG y por la misma Corte Suprema de Justicia (CSJ) por “utilizar en forma indebida los bienes y patrimonios del Estado”.

Según la fuente, cuando la abogada Montoya se desempeñaba como miembro integrante del Consejo Nacional de la Judicatura, CNJ, habría recibido fondos públicos asignados en concepto de viáticos y gastos para llevar a cabo una misión oficial que nunca realizó y por lo que fue juzgada por el Tribunal de ética Gubernamental.

Durante la más reciente de sus resoluciones, la jueza Montoya decidió sobreseer un caso de lavado de dinero y narcotráfico restando valor probatorio a más de 50 dictámenes periciales de la Policíales presentados por el Ministerio Público que vinculaban a los esposos Mario Calderón y Claudia Herrera con  los cargos por los que estaban siendo juzgado en el tribunal cuya titular es la abogada Nora Montoya.

La jueza Montoya aseguró en su resolución que la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la Fiscalía General de la República no presentó suficientes pruebas contra el abogado Mario Calderón y su esposa Claudia María Herrera, por el delito de lavado de dinero y activos, lo que llevó a decretar el sobreseimiento provisional en la audiencia preliminar. Este señalamiento fue rechazado por la fiscal del caso. De no ser revocada dicha resolución, los imputados serán puestos en libertad el próximo 13 de diciembre.

Según el requerimiento o dictamen de acusación judicial presentado por la FGR, los esposos Calderón  habrían lavado cantidades millonarias de dinero cuyo origen no ha sido especificado.

La fuente asegura asimismo que el Ministerio Público apelará de la resolución ante la  Cámara de lo Penal  a fin de que esta revoque el auto sobreseimiento provisional y ordene una nueva audiencia contra los imputados. La apelación  tendría a la base que no existe motivación suficiente para restar valor probatorio a los dictámenes periciales de la Policía Nacional Civil, PNC,  y esto se encuentra relacionado con  el cuestionamiento ético de la jueza Montoya del cual tiene conocimiento la Corte Suprema de Justicia.

Según los informes, la titular del Juzgado Noveno de Instrucción fue sancionada por el Tribunal de Ética Gubernamental el día 20 de octubre del año 2011 por “utilizar en forma indebida los bienes y patrimonios del Estado”, ya que según lo resuelto por dicho Tribunal, la funcionaria judicial obtuvo determinada cantidad de dinero cuando fungió como concejal del Consejo Nacional de la Judicatura y jamás lo reembolsó a pesar de no haber realizado las actividades oficiales para las que se le entregó el dinero.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sanción de la funcionaria mediante resolución pronunciada a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de junio de dos mil dieciséis en el proceso de Amparo con referencia 147-2015.

Sumado a ello, según una pericia de Expectrometría de Iones ofrecido recientemente como prueba por el Ministerio Público y declaraciones de un Perito de Laboratorio de la División Antinarcóticos de la Policía Nacional Civil, al momento del allanamiento en las propiedades de la señora Herrera Díaz se encontraron rastros de heroína, lo que no ha sido valorado por la jueza Motoya.

La fuente que pidió no ser mencionada, agregó que, al igual que como se está haciendo en otros casos, la Fiscalía General de la República, FGR, a través de su Unidad Especializada en Extinción  de Dominio, puede solicitar la incautación de los bienes y sumas millonarias que se consideran de origen ilícito y que constituyen indicios de lavado y otros activos. La Fiscalía es fuertemente atacada cuando sus casos “se caen” en los tribunales a pesar de los elementos de prueba científica que aportan a los tribunales.