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Sala de lo Constitucional ampara presuntos usurpadores de El Espino

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Los supuestos invasores fueron avisados que el desalojo quedaba temporalmente suspendido por el Juez de Paz de Antiguo Cuscatlán, José Palma.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó al juez de Paz de Antiguo Cuscatlán, José Palma, suspender el “acto reclamado” (suspender el desalojo) de manera provisional de 86 familias de la comunidad El Espino que supuestamente usurpan terrenos propiedad de la familia Dueñas.

Según las autoridades, el desalojo había iniciado a las 6 am, con la presencia en el lugar de las autoridades auxiliares de justicia.

De manera apresurada, la resolución fue notificada en el momento que el funcionario judicial, con el apoyo de elementos de la Policía Nacional Civil (PNC), se disponían a retirar a los presuntos usurpadores.

“Suspéndanse inmediata y provisionalmente los efectos de la omisión reclamada, lo que implica que el Juez de Paz de Antiguo Cuscatlán deberá abstenerse de efectuar el desalojo de las familias que habitan en el Caserío El Espino, Cantón El Espino”, estableció la Sala de lo Constitucional en el documento publicado en el Twitter oficial de la CSJ para detener la acción judicial.

El juez Palma dijo que no ha sido notificado oficialmente, por lo que suspenderá el desalojo hasta que reciba la notificación oficial por parte de la Sala de lo Constitucional.

El proceso suspendido fue iniciado por el abogado José Arístides Perla Bautista, como apoderado de los señores Roberto Miguel Dueñas Herrera y Miguel Arturo Dueñas Herrera, por la presunta vulneración a sus derechos constitucionales a la propiedad, audiencia y defensa.

En el proceso se declaró invasores a los ocupantes del terreno.

Los abogados de los presuntos invasores advirtieron en su defensa que “…sí se quiere desalojar a una comunidad en un lugar determinado, se debe hacer mención e individualizar a cada uno de ellos para efectos de que comparezcan a juicio o diligencias ha oponer su defensa o demostrar mejor derecho que el solicitante”.

Según la Sala, existen los requisitos mínimos para admitir la demanda y por lo tanto ordena: “Suspéndanse inmediata y provisionalmente los efectos de la omisión reclamada, lo que implica que el Juez de Paz de Antiguo Cuscatlán deberá abstenerse de efectuar el desalojo de las familias que habitan en el Caserío El Espino, Cantón El Espino. Lo anterior mientras se mantenga la verosimilitud de las circunstancias fácticas y jurídicas apreciadas para la adopción de tal medida”.

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