Estados Unidos está estableciendo un programa de refugiados/admisión condicional en el país en El Salvador, Guatemala y Honduras para proporcionar una alternativa segura, legal y ordenada para el viaje peligroso que algunos niños están llevando a cabo actualmente a Estados Unidos.
Este programa permitirá a ciertos padres que están legalmente en Estados Unidos solicitar acceso al Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos para sus hijos aún en uno de estos tres países.
Los niños que se encuentran no elegibles para la admisión de refugiados, pero aún en riesgo de daño pueden ser considerados para una admisión condicional en una base de caso por caso.
El programa de refugiados/admisión condicional no será una vía para que los padres indocumentados lleven a sus hijos a Estados Unidos, pero en su lugar, el programa les proporcionará a ciertos niños vulnerables en situación de riesgo la oportunidad de reunirse con los padres que residen legalmente en Estados Unidos.
Las solicitudes para este programa se inician en Estados Unidos.
A partir de diciembre de 2014, un padre legalmente presente en Estados Unidos podrá presentar el formulario DS-7699 del Departamento de Estado solicitando una entrevista de restablecimiento de refugiados para los niños solteros menores de 21 años en El Salvador, Guatemala u Honduras.
Bajo ciertas circunstancias, si el segundo padre vive con el niño en el país de origen y se encuentra actualmente casado con el padre legalmente presente en Estados Unidos, el segundo de los padres puede ser añadido a la petición del niño y ser considerado para estado de refugiado, y si se le niega el estado como refugiado, para la admisión condicional.
El formulario DS-7699 debe presentarse con la asistencia de una agencia de restablecimiento designada que trabaja con la Oficina de Población, Refugiados y Migración del Departamento de Estado de Estados Unidos para ayudar a restablecer a los refugiados en Estados Unidos.
El formulario no estará disponible en el sitio web del Departamento de Estado para el público general y no se puede completar sin la ayuda de una agencia de restablecimiento financiada por el Departamento de Estado. Estas agencias de restablecimiento se encuentran en más de 180 comunidades en todo Estados Unidos. Cuando inicie el programa, el Departamento de Estado proporcionará información sobre cómo comunicarse con una de estas agencias para iniciar una aplicación.
Una vez que se haya presentado el formulario DS-7699, el niño en su país de origen contará con la asistencia a través del programa de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), que administra el Centro de Asistencia de Restablecimiento de EE.UU. (RSC por sus siglas en inglés) en Latinoamérica.
El personal de la OIM desde la RSC se comunicarán con cada niño directamente y en el orden en el que las formas presentadas por los padres legalmente presentes se hayan recibido por el Departamento de Estado de EE.UU.
La OIM invitará a los niños a asistir a entrevistas de preselección en sus países de origen con el fin de prepararlos para una entrevista de refugiados con el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Se requerirá prueba de relación de ADN para confirmar la relación biológica entre el padre en Estados Unidos y el niño en el país.
Después de la entrevista de preselección de la OIM, pero antes de la entrevista del DHS, el padre presente legalmente en Estados Unidos será notificado por la OIM a través de la agencia de restablecimiento sobre la forma de presentar las pruebas de ADN de la relación con su niño declarado en El Salvador, Guatemala u Honduras. Si las pruebas de relación de ADN confirman las relaciones reclamadas, la OIM programará la entrevista de refugiados DHS.
El DHS llevará a cabo entrevistas con cada niño para determinar si él o ella son elegibles para el estado de refugiado y admisibles a Estados Unidos.
Todos los solicitantes deben completar todas las revisiones de seguridad requeridas y obtener una autorización médica antes de su aprobación para viajar como refugiado a Estados Unidos. La OIM se encargará de viajes para los refugiados a Estados Unidos.
El padre del niño firmará un pagaré acordando pagar el costo del viaje a Estados Unidos. Los refugiados aprobados serán elegibles para la misma asistencia prestada a todos los refugiados restablecidos en Estados Unidos, incluyendo la asignación a una agencia de restablecimiento que ayudará con la recepción y colocación, y asistencia para inscribir a los niños en la escuela, y la solicitud de beneficios.
Los solicitantes que el DHS determine no ser elegibles para el estado de refugiado en Estados Unidos serán considerados en una base de caso por caso para una admisión condicional, que es un mecanismo para permitir que alguien que es de otra manera inadmisible para venir a Estados Unidos por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo.
Un individuo considerado para la admisión condicional puede ser elegible para la admisión condicional si el DHS determina que la persona está en riesgo de daño, él/ella pasa toda investigación de antecedentes, no hay información despectiva seria, y alguien se ha comprometido a mantener financieramente al individuo mientras él/ella vive en Estados Unidos.
Esos niños y cualquier padre elegible considerado para la admisión condicional será responsable de obtener y pagar por una autorización médica.
Una persona con autorización de admisión condicional no será elegible para un préstamo de viaje, pero debe reservar y pagar por el vuelo a Estados Unidos.
La admisión condicional es temporal y no confiere ningún estado migratorio legal permanente o camino a estado migratorio legal permanente en Estados Unidos. Las personas con admisión condicional no son elegibles para los beneficios médicos y demás ante su llegada a Estados Unidos, sin embargo, son elegibles para asistir a la escuela y/o solicitar autorización de empleo.
A las personas con autorización de admisión condicional en virtud de este programa general se les autorizará una admisión condicional por un período inicial de dos años y pueden solicitar renovación.
Se anticipa que un número relativamente pequeño de niños de Centroamérica serán admitidos a Estados Unidos como refugiados en el año fiscal 2015, dado el inicio anticipado de diciembre y la cantidad de tiempo que se necesita procesar para la admisión de refugiados a Estados Unidos.
Cualquier niño o padre admitido como refugiado se incluirá en la asignación regional de Latinoamérica/el Caribe del Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos, que es de 4,000 para el año fiscal 2015.
Si es necesario, existe una cierta flexibilidad dentro del Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos para dar cabida a un número mayor de lo previsto de Latinoamérica en el año fiscal 2015.