Unión Europea toma nuevas medidas contra evasión fiscal

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Evitar la evasión fiscal del impuesto de sociedades mediante la deslocalización ficticia de negocios a paraísos fiscales es uno de los objetivos de la Directiva contra la Evasión Fiscal (ATAD) que ha entrado en vigor el 1 de enero y que todas las naciones miembros deberán aplicar, porque las nuevas medidas son legalmente vinculantes.

Los Estados de la Unión Europea (UE) podrán gravar los beneficios que sean expatriados a países con menor presión fiscal en los que la empresa no desarrolle una actividad económica real.

La Directiva ATAD de la Unión Europea viene a culminar la “lucha coherente y prolongada” de la Comisión contra estas prácticas, en palabras del comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Impuestos y Aduanas, Pierre Moscovici, quien ha añadido que “la batalla aún no se ha ganado, pero supone un paso muy importante contra quienes se aprovechan de los vacíos legales de los sistemas fiscales de nuestros Estados miembro para defraudar miles de millones de euros en impuestos”.

La nueva normativa ATAD, propuesta por la Comisión Europea en 2016, permite a los Estados gravar los beneficios que sean expatriados a países con menor presión fiscal en los que la empresa no tenga una actividad económica genuina y supone colocar a la UE a la cabeza mundial en materia de impuestos a las actividades económicas a nivel político, según destaca la Comisión, instando a otros países a adoptar unos criterios comunes de lucha contra la evasión fiscal

LUCHA CONTRA LA EVASIÓN FISCAL

La Directiva establece cinco reglas de lucha contra la evasión fiscal, tres de las cuales han entrado en vigor el 1 de enero de 2019.

La primera regla quiere disuadir a las empresas multinacionales de derivar los beneficios obtenidos por su matriz en un Estado con alta fiscalidad a las filiales en países que disfrutan de un régimen impositivo más benévolo.

Incluye un mecanismo que se activará cuando el tipo impositivo efectivo del país donde se encuentra la filial sea menos de la mitad del correspondiente al Estado miembro afectado.

La regla se activará si el impuesto pagado en el tercer país es menos de la mitad de lo que se hubiera pagado en el Estado miembro en cuestión. La empresa recibirá un crédito fiscal por los impuestos que pagó en el extranjero.

Esto garantizará que los beneficios se graven efectivamente, al tipo impositivo del Estado miembro en el que se generaron.

Como ejemplo tomemos una empresa que  tiene su sede en un Estado miembro de la UE y establece una filial en un país no perteneciente a la UE que no aplica impuestos corporativos, pero sin actividades sustantivas relacionadas con estos ingresos.

La compañía realiza pagos inflados a la compañía “offshore”, reduciendo así sus ganancias imponibles en el Estado miembro de la UE. Los pagos que recibe la subsidiaria tampoco tienen impuestos, debido a la tasa cero en ese país.

Con la norma propuesta denominada internacionalmente Controlled Foreign Corporation Rule (CFC) o también conocida en español como Transparencia Fiscal Internacional (TFI), el Estado miembro de la UE aplicará un impuesto sobre las ganancias de la subsidiaria como si no hubiera sido trasladado al país sin impuestos, garantizando así una tributación efectiva al tipo impositivo del Estado miembro en cuestión.

Otra medida consiste en aplicar la regla de limitación de intereses para disuadir a las empresas de crear una deuda artificial. La Directiva propone limitar la cantidad de intereses netos que una empresa puede deducir de sus ingresos imponibles, sobre la base de una proporción fija de sus ganancias.

Ello debería hacer menos atractivo para las empresas cambiar de deuda artificialmente para minimizar sus impuestos. Por ejemplo: Un grupo establece una filial en un tercer país sin impuestos, que luego otorga un préstamo con intereses altos a otra empresa del grupo, ubicada en un Estado miembro de la UE.

La empresa con sede en la UE debe realizar pagos de intereses altos, que son deducibles de impuestos, a la subsidiaria. Al hacerlo, reduce sus ingresos imponibles en el Estado miembro, mientras que los ingresos por intereses correspondientes tampoco están gravados en el tercer país.

Conforme a la regla de limitación de intereses, el Estado miembro establecerá un límite fijo en la cantidad de intereses que la empresa puede deducir. Esto debería desalentar a las compañías a cambiar sus deudas simplemente para reducir sus facturas de impuestos.

CONTRA LA PLANIFICACIÓN FISCAL AGRESIVA

La planificación fiscal agresiva está en el punto de mira de esta normativa, con medidas que podrán aplicar las autoridades cuando crean estar ante un caso de ingeniería fiscal artificial, pero no pudieran encajar la práctica en ninguno de los casos anteriores.

Esta planificación, por su naturaleza, busca formas para minimizar los impuestos que una empresa debe pagar.

Por ello la Directiva establece una Regla general contra el abuso, que abordará los acuerdos fiscales abusivos si no hay otra regla contra la evasión que cubra específicamente dicho acuerdo, actuando como una red de seguridad en los casos en que no se pueden aplicar otras disposiciones contra el abuso.

Permitirá a las autoridades fiscales ignorar los acuerdos fiscales abusivos e impuestos sobre la base de la sustancia económica real.

La normativa también incluye mecanismos para evitar que las empresas se beneficien de las diferencias entre las legislaciones nacionales, ya que algunas compañías aprovechan las lagunas existentes para obtener deducciones fiscales en distintos países o una deducción en un país por un ingreso por el que no han pagado impuestos en otro, aunque esta regla en concreto, así como las medidas para garantizar que las ganancias sobre activos como la propiedad intelectual trasladada desde el territorio de un Estado miembro sean imponibles, entrarán en vigor el 1 de enero de 2020.

Esta legislación se enmarca dentro de la iniciativa internacional promovida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el G20 sobre la Erosión de la Base de Imposición y la Transferencia de Beneficios (BEPS, en inglés), que guía los esfuerzos globales en la lucha contra la evasión fiscal.